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Seguro de Incapacidad

Su capacidad para llevar a casa un cheque de pago es su activo más valioso. Te ayudamos a protegerlo.

La cobertura por discapacidad a corto plazo continúa siendo parte de su salario hasta por 26 semanas si está enfermo o lesionado y no puede trabajar.

Este plan paga un beneficio de hasta el 50% de sus ganancias cubiertas, hasta un máximo semanal de $170. La elegibilidad para los beneficios comienza el octavo día calendario de incapacidad, sujeto a la documentación médica. Póngase en contacto con su representante de Recursos Humanos para obtener información adicional.

La cobertura de discapacidad a largo plazo puede ayudar a proteger sus ingresos si una enfermedad o lesión grave le impide trabajar durante un período prolongado de tiempo.

Este plan paga un beneficio de hasta el 60% de sus ganancias mensuales cubiertas, hasta un máximo de $10,000 por mes. Si está discapacitado y no puede realizar su trabajo, los pagos de LTD comienzan después de 26 semanas. Los beneficios de LTD se compensarán con cualquier cantidad que sea elegible para recibir de otras fuentes, como el Seguro Social o la Compensación para Trabajadores.


Discapacidad a corto plazo

¿Qué es el seguro de discapacidad a corto plazo?

Si sufres una discapacidad cubierta mientras estás asegurado por este plan, recibirás beneficios monetarios diseñados para ayudarte a mantener tu estilo de vida normal. Este programa cubre lesiones o enfermedades incapacitantes que duran más allá del período de espera de beneficios, ya sea que ocurran en el trabajo o fuera de él.

¿Cuál es la definición de discapacidad?

Para recibir los beneficios de este plan, usted debe estar discapacitado (como se define a continuación) como resultado de una lesión o enfermedad cubierta, y debe estar bajo el cuidado adecuado de un médico con licencia y en ejercicio que esté calificado para tratar su discapacidad.

Discapacitado significa que, únicamente debido a una lesión o enfermedad cubierta, no puede realizar las tareas materiales de su ocupación habitual y no puede ganar el 80% o más de sus ganancias cubiertas indexadas. Lesión significa cualquier pérdida accidental o daño corporal que resulte directa e independientemente de todas las demás causas de un accidente. Por enfermedad se entiende cualquier enfermedad física o mental.

Elegibilidad

Usted es elegible si es un empleado activo que trabaja las horas mínimas requeridas por semana de manera regular.

¿Cuánto tiempo tengo que esperar antes de que se paguen los beneficios?

Antes de cobrar los beneficios, debe cumplir con un período de eliminación después de su fecha de incapacidad. Para su plan, este período es el último de cualquier licencia por enfermedad acumulada o 7 días de incapacidad continua por accidente o enfermedad.

¿Por cuánto tiempo continuarán mis pagos por incapacidad?

Una vez que califica para los beneficios de este plan, continúa recibiéndolos hasta el final del período de beneficios de 26 semanas, o hasta que ya no califique para los beneficios, lo que ocurra primero. Es posible que se le pida que proporcione periódicamente prueba de su discapacidad continua).

Si soy discapacitado, ¿se puede reducir el monto de la prestación?

Sí. Su beneficio semanal por discapacidad a corto plazo puede ser reducido por cualquier otro ingreso que reciba.


Discapacidad Suplementaria a Corto Plazo

El programa de seguro de discapacidad a corto plazo suplementario voluntario proporciona un reemplazo de ingresos adicional, más allá del plan de discapacidad del estado de Nueva York, en caso de que no pueda trabajar debido a una enfermedad o lesión no relacionada con el trabajo.

Después del período de espera (7 días por enfermedad, 7 días por accidente), el plan proporciona un beneficio equivalente a $100 adicionales por semana o $200 por semana de ingresos, dependiendo de su elección, menos los ingresos que pueda recibir de otras fuentes. El beneficio continúa mientras esté incapacitado, hasta un máximo de 26 semanas.


Discapacidad a largo plazo

¿Qué es el seguro de discapacidad a largo plazo?

Si sufres una discapacidad cubierta mientras estás asegurado por este plan, recibirás beneficios monetarios diseñados para ayudarte a mantener tu estilo de vida normal. Este programa cubre lesiones o enfermedades incapacitantes que duran más allá del período de espera de beneficios, ya sea que ocurran en el trabajo o fuera de él.

¿Cuál es la definición de discapacidad?

Para recibir los beneficios de este plan, usted debe estar discapacitado (como se define a continuación) como resultado de una lesión o enfermedad cubierta, y debe estar bajo el cuidado adecuado de un médico con licencia y en ejercicio que esté calificado para tratar su discapacidad.

Discapacitado significa que, únicamente debido a una lesión o enfermedad cubierta, no puede realizar las tareas materiales de su ocupación habitual y no puede ganar el 80% o más de sus ganancias cubiertas indexadas.

Después de que los beneficios hayan sido pagaderos durante 24 meses, se le considera discapacitado si su lesión o enfermedad le impide realizar todas las tareas materiales de cualquier ocupación para la cual está (o puede llegar a estar razonablemente calificado) por educación, capacitación o experiencia, y no puede ganar el 80% o más de sus ganancias cubiertas indexadas.

Lesión significa cualquier pérdida accidental o daño corporal. Por enfermedad se entiende cualquier enfermedad física o mental.

Elegibilidad

Usted es elegible si es un empleado activo que trabaja las horas mínimas requeridas por semana de manera regular.

¿Qué cobertura está disponible?

Este plan paga un beneficio de hasta el 60% de sus ganancias mensuales cubiertas, hasta un máximo de $10,000 por mes.

El monto de su beneficio se reducirá por cualquier monto que le pague cualquiera de las fuentes enumeradas en la sección "Efectos de otros beneficios de ingresos". Los montos de sus beneficios también se reducirán si no está trabajando y especialistas médicos independientes determinan que podría trabajar hasta su nivel de capacidad óptima.

Ganancias cubiertas se refiere a su sueldo o salario, excluyendo el pago de horas extras, bonos, comisiones y otras compensaciones adicionales.

¿Cuándo puedo inscribirme?

Puede inscribirse en cualquier momento dentro de los 31 días posteriores a la fecha en que sea elegible para la cobertura. Si decide inscribirse más tarde, tendrá que proporcionar evidencia aceptable de buena salud. Esto puede requerir un examen médico.

¿Cuánto tiempo tengo que esperar antes de que se paguen los beneficios?

Antes de cobrar los beneficios, debe cumplir con un período de eliminación después de su fecha de incapacidad. Para su plan, este período es de 180 días de incapacidad continua.

¿Por cuánto tiempo continuarán mis pagos por incapacidad?

Una vez que califica para los beneficios de este plan, continúa recibiéndolos hasta el final del período de beneficios, o hasta que ya no califique para los beneficios, lo que ocurra primero. Es posible que se le pida que proporcione periódicamente prueba de su discapacidad continua).

Si ya tengo cobertura por discapacidad, ¿tengo que hacer algo?

Si ya tiene cobertura por discapacidad y desea mantener la misma cobertura, no tiene que hacer nada.

Exclusiones y limitaciones

Los beneficios por discapacidad no se pagarán por una discapacidad que resulte directa o indirectamente de cualquiera de los siguientes:

  • suicidio, intento de suicidio o cualquier lesión autoinfligida intencionalmente
  • guerra o cualquier acto de guerra, declarado o no
  • Cometida de un delito grave o intento de delito grave
  • cirugía estética o procedimiento quirúrgico que no es médicamente necesario (se aplica solo a ETS)
  • lesiones o enfermedades en las que tiene derecho a los beneficios de la Compensación para Trabajadores o la ley de enfermedades ocupacionales (se aplica solo a STD)
  • lesión o enfermedad relacionada con el trabajo (se aplica solo a STD) Además, no se pagarán beneficios por discapacidad por ningún período de discapacidad durante el cual usted:
  • Están encarcelados en una institución penal o correccional
  • no están recibiendo la atención adecuada, no cooperan con el plan en la administración de la reclamación
  • negarse a participar en los esfuerzos de rehabilitación según lo requiera el plan.
  • negarse a participar en un Acuerdo de Trabajo Transitorio u otro acuerdo de trabajo modificado

    Período Máximo de Beneficio

    Este es el período máximo de tiempo durante el cual el plan pagará los beneficios por discapacidad a un empleado discapacitado. Los pagos de beneficios pueden terminar antes si ya no califica bajo los términos o condiciones de esta póliza.

    Condiciones preexistentes

    Las condiciones preexistentes se definen como cualquier lesión o enfermedad por la cual usted haya incurrido en gastos, haya recibido tratamiento médico, atención o servicios, incluidas medidas de diagnóstico, haya tomado medicamentos o medicamentos recetados, o por el cual una persona razonable habría consultado a un médico antes de la fecha de vigencia más reciente del seguro. Esta limitación se aplicará a cualquier beneficio adicional o aumento en los beneficios.

    Los beneficios por discapacidad no se pagarán si la discapacidad es el resultado de condiciones preexistentes hasta que haya estado incapacitado durante la cantidad de meses especificada en su póliza. A excepción de cualquier beneficio que exceda la cobertura de un plan anterior, recibirá crédito si ha cumplido con la totalidad o parte del requisito de condición preexistente de su plan de discapacidad grupal anterior de inmediato.

    Participación en el Plan de Rehabilitación

    Si usted está calificando para Beneficios por Discapacidad bajo este plan, es posible que se le acerque como un candidato adecuado para un Plan de Rehabilitación, según las circunstancias individuales. Si bien los términos y detalles de cada Plan de Rehabilitación son únicos para cada individuo, el Plan de Rehabilitación puede, a discreción del plan, permitir el pago de sus gastos médicos, de educación, mudanza, reentrenamiento, alojamiento o cuidado familiar por nuestra parte.

    Si se le presenta como un candidato adecuado para un Plan de Rehabilitación y rechaza dicha asistencia, los Beneficios por Discapacidad no serán pagaderos hasta que acepte participar en nuestros esfuerzos de rehabilitación.

    Un Plan de Rehabilitación es un plan escrito diseñado para permitirle regresar al trabajo. Puede consistir en servicios educativos, vocacionales, de rehabilitación física u otros, así como en trabajos, incluidos trabajos modificados y a tiempo parcial.

    Beneficio de Incentivo por Regreso al Trabajo

    Para permitirle regresar a trabajar de manera limitada o a tiempo parcial mientras recibe Beneficios por Discapacidad bajo este plan, se ha incluido un Beneficio de Incentivo de Trabajo.

    Si usted está discapacitado y regresa a trabajar en una capacidad limitada mientras recibe beneficios por discapacidad, puede continuar recibiendo beneficios. Durante los primeros 24 meses en que se pagan los beneficios mensuales, los beneficios solo se reducirán en la medida necesaria para garantizar que la combinación de los beneficios de este plan, las ganancias laborales y los beneficios de otros ingresos no exceda el 100% de las ganancias cubiertas de la persona antes de la discapacidad.

    Después de los primeros 24 meses, los beneficios pagaderos bajo este plan se reducen en un 50% de sus ganancias actuales recibidas durante cualquier mes que trabaje. Los beneficios se reducirían aún más, si es necesario, en la medida necesaria para garantizar que la combinación de los beneficios del plan, las ganancias laborales y los beneficios de otros ingresos no exceda el 80% de sus ganancias cubiertas indexadas.

    Los Beneficios de Incentivos de Trabajo son pagaderos durante el Período Máximo de Beneficios o hasta que ya no califique para estos beneficios.

    Terminación de los Beneficios por Discapacidad

    Los beneficios terminarán en la primera de las siguientes fechas:

  • la fecha en que gana más que el porcentaje de sus Ganancias Cubiertas Indexadas que se utiliza para determinar si está Discapacitado
  • la fecha en que la Compañía de Seguros determine que usted no está Incapacitado
  • al final del Período Máximo de Beneficios
  • la fecha de su muerte


    Documentos y formularios

    Haga clic aquí y luego seleccione Discapacidad

  • La información en este sitio web tiene la intención de proporcionar aspectos destacados del programa Benefits of Care, pero de ninguna manera las descripciones presentadas en este sitio web reemplazan las disposiciones contenidas en el Plan de Beneficios de Salud y Bienestar de Catholic (el "Plan"), o la Descripción Resumida del Plan del Plan, o cualquier contrato de seguro relevante. En caso de discrepancias, prevalecerán las disposiciones reales del documento del plan del contrato de seguro correspondiente. Los empleados representados por un sindicato deben comunicarse con su sindicato o representante de beneficios de recursos humanos, según corresponda, para obtener información sobre los beneficios. Catholic Health, a su entera discreción, se reserva el derecho de modificar o suspender cualquiera o todos los beneficios del Plan y cualquiera o todos los programas dentro de su Programa de Beneficios en cualquier momento. La participación en el Programa de Beneficios de Cuidar no le da ningún derecho a un empleo continuo. Además, tenga en cuenta que este Plan está destinado y diseñado para ser administrado de acuerdo con los principios de la fe católica. Por lo tanto, el Plan no cubrirá ningún costo o beneficio que no cumpla con las Directivas Éticas y Religiosas de la Iglesia Católica.